Transparencia
- LEY DE TRANSPARENCIA DE LA F.M.B.
En cumplimiento de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, la Federación Madrileña de Billar dispone de este portal de transparencia accesible desde cualquier punto de la web, al considerarse como sujeto incluido en el artículo 2 de la misma y, por consiguiente, se ofrecen los siguientes datos según el orden que indica la precitada Ley desde su artículo 10 al 27: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-10102
- 0 – Información Institucional
- 1 – Información en Materia Organizativa
- 2 – Información relativa a Altos Cargos y Personal Directivo
- 3- Información relativa al personal eventual
- 4 – Información en Materia de Empleo en Séctor Público
- 5 – Información en Materia de Retribuciones
- 6 – Información en Materia Normativa
- 7 – Información sobre Servicios y Procedimientos
- 8 – Información económica-financiera
- 9 – Información del patrimonio
- 10 – Información de la planificación y programación
- 11 – Información de Obras Públicas
- 12 – Información de los Contratos
- 13 – Información de los convenios, encomiendas de gestión y encargos a medios propios
- 14 – Información sobre concesión de Servicios Públicos
- 15 – Información de las Ayudas y Subvenciones
- 16 – Información en matería de Ordenación del Territorio
- 17 – Información Estadística
0. Información institucional
La FEDERACIÓN MADRILEÑA DE BILLAR es una entidad privada, sin ánimo de lucro, que se rige por la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, la Orden 88/1997, de 21 de enero, por las restantes disposiciones que conforman la legislación deportiva madrileña vigente, por los presentes Estatutos y sus reglamentos y por las demás normas y acuerdos que dicte, en forma reglamentaria, en ejercicio de sus competencias. La legislación deportiva del Estado, en su caso, tendrá carácter de Derecho supletorio.
Los Estatutos y Reglamentos de la Federación Española de Billar, en la que estará integrada a los efectos de competiciones oficiales de ámbito estatal, serán también de aplicación y observancia en aquello que le afecte.
La FEDERACIÓN MADRILEÑA DE BILLAR, goza de personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.1. de la Ley 15/1994.
- Información en materia organizativa
Organigrama:
Presidencia y Comisión Delegada
Junta Directiva
Asamblea General
Comités
Clubs Asociados
Sede
- Información relativa a altos cargos y personal directivo
- Presidente: José Mª García Luna Fecha de Elección: 18/04/2024
- Vicepresidente: Javier Fernández Zapico
- Secretario General: Estela Cardoso San Millán
- Tesorero: Luis Ruiz Fraguas
- Vocal: Francisco J. Nogales Roldán
- Vocal: Francisco J. García Nájera
- Vocal: Manuel Ruiz Gómez
- Vocal: Florencio Gallego Martín
- Vocal: Fernando López Navarro
- Información relativa al personal eventual
No existe personal eventual. Dos personas están con contratos indefinidos y trabajan exclusivamente en la gestión de la sala de entrenamientos. El resto de las actividades administrativas las realizan de forma altruista diversos miembros de la Junta Directiva.
- Información en materia de empleo en el sector público
No aplicable
- Información en materia de retribuciones
- La Junta Directiva no percibe nada por los gastos derivados de la actividad institucional.
- El personal contratado percibe retribuciones por los servicios que prestan, detallados en los informes económicos aprobados en Asamblea publicadas en el punto 10.
- Información en materia normativa
6.1. Normativa aplicable
- Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid
- Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid
- Decreto 99/1997, de 31 de julio, por el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid
- Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, por el que se regulan las asociaciones y entidades deportivas de la Comunidad de Madrid
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
- Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid
6.2. Documentación de la entidad
- Estatutos
- Reglamento electoral basado en la Ley 15/1994 y el Decreto 159/1996
- Acta del registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid
- Acta del registro de transparencia de la Comunidad de Madrid
- Acta de registro como Entidad de Utilidad Pública del Ministerio del Interior
- Cumplimiento LSICE y LOPD
- Inscripción Centro del Ayuntamiento de Madrid
6.3 Memoria de actividades deportivas
6.4. Información convenios con administraciones públicas
6.5. Información sobre las elecciones de Federación Madrileña de Billar 2024
- Orden del día Asamblea General
- Acta Asamblea General
- Reglamento Electoral
- Censo Electoral
- Calendario Electoral
- Orden del día Asamblea Extraordinaria
- Orden del día Asamblea General Ordinaria
- Orden del dia Asamblea General
- Resolución Admisión Candidatura
- Resolución Candidatura Provisional
- Resolución Candidatura Definitiva
- Acta de Proclamación Presidente
- Información sobre servicios y procedimientos
En base al Convenio y la Orden del punto 6.4., por la que la Federación Madrileña de Billar recibe una subvención nominativa de la Comunidad de Madrid debe desarrollar los siguientes objetivos:
a) Gastos ocasionados por los programas de tecnificación: dirección técnica, entrenadores, personal médico, detección de deportistas, material deportivo no inventariable, así como cualquier gasto derivado de las concentraciones periódicas o permanentes y de la participación en competiciones oficiales de los deportistas incluidos en el programa pudiendo incluir gastos de transporte, alojamiento, manutención e inscripción a dichas competiciones. Además, los gastos que, en su caso, resulten imputables a juicio de la Dirección General de Deportes, de las instalaciones en las que desarrollen los programas.
- b) Gastos ocasionados por la participación de las selecciones autonómicas en Campeonatos de España y otras competiciones oficiales: equipaciones, transportes, alojamiento, manutención, inscripciones, servicios médicos, técnicos, entre otros, directamente vinculados a dichas competiciones.
- Respecto a las equipaciones se admitirán dos equipaciones en caso de que las competiciones duren más de cuatro días seguidos, se podrá cambiar el chándal por pantalón o sudadera, o ambas. También se admite una camiseta o polo. Todas las equipaciones deberán llevar el logo institucional de la Comunidad de Madrid.
- c) Gastos ocasionados por la organización de competiciones oficiales autonómicas: se podrán incluir gastos de jueces y arbitrajes, montaje y desmontaje, personal de control, alquileres, medallas y trofeos, servicios médicos, servicios técnicos, entre otros directamente vinculados a dichas competiciones. Debe tratarse de la organización de competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid.
- Previa autorización de la Dirección General de Deportes, la organización o colaboración en la organización de competiciones oficiales de carácter extraordinario, de ámbito nacional o internacional, podrán ser, excepcionalmente, objeto de financiación por la Comunidad de Madrid, a través de la presente subvención o mediante otros instrumentos, en atención al interés público autonómico. En este caso se autorizarán los gastos especificados en la autorización.
- d) Gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales de ámbito estatal: se podrán incluir gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, técnicos, entre otros directamente vinculados a dichas competiciones.
En caso de representar a la Comunidad Madrid se podrán admitir gastos en equipaciones siguiendo las mismas connotaciones expuestas anteriormente para las selecciones autonómicas.
- e) Se podrán imputar asimismo gastos corrientes por un importe que, en ningún caso, podrá ser superior al treinta por ciento del total del importe subvencionado. Los gastos corrientes incluirán los derivados del personal administrativo y gastos de mantenimiento y funcionamiento de la sede federativa, material no inventariable y seguros.
- Información económico – financiera
Informes económicos
- Información del patrimonio
No aplicable
- Información de la planificación y programación
Se puede consultar en el apartado de proyectos de cada una de las actas publicadas que siguen a continuación:
Acta Asamblea Extraordinaria 2023
- Información de obras públicas
No aplicable
- Información de los contratos
No aplicable
- Información de los convenios, encomiendas de gestión y encargos a medios propios
Convenios con la Comunidad de Madrid:
1.-Cesión de sede
2- Madrid Comunidad Deportiva
UFEDEMA : Servicios de Persevera en LGPD y Vuvucela para retransmisiones
- Información sobre concesión de servicios públicos
La Federación Madrileña de Billar no tiene suscrito ningún contrato con administraciones públicas.
- Información de las ayudas y subvenciones
Se puede consultar en la Orden de la Comunidad de Madrid en el punto 6.4.
En cuanto al Ayuntamiento de Madrid, éste subvenciona ciertas pruebas deportivas organizadas durante la temporada. La CAM en ocasiones concede algún patrocinio por pruebas deportivas organizadas durante la temporada.
- Información en materia de ordenación del territorio
No aplicable
- Información estadística